Por Julieta Ponce, La Jornada del Campo, 15 de febrero del 2020.

La Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT) 2018 demostró un deterioro de la salud relacionada con el consumo alimentario prácticamente en todos los segmentos, grupos de edad y localidades del país.

Comparado con datos del 2012, México reportó el incremento del sobrepeso y obesidad al pasar de 34.4% a 35.6% en escolares, de 34.9% a 38.4% en adolescentes -con mayor afectación en mujeres- y de 71.3% a 75.2 % en personas adultas. Por su parte, la diabetes tipo dos pasó de 9.2 a 10.3% en mayores a 20 años, es decir, 8.6 millones de personas diagnosticadas. A esta cifra debe sumarse una proporción de personas que viven con diabetes sin saberlo,

La hipertensión también creció de 9.3 millones de personas en el 2012 a 15.2 millones en el 2018, incrementa en mayores de 50 años, grupo en el que al menos 1 de cada 4 personas ya está diagnosticada, además de quienes viven con este padecimiento sin saberlo. La encuesta refleja que también se elevó el número de personas con colesterol y triglicéridos en altas concentraciones sanguíneas (dislipidemia) al pasar de 13% a 19.5%, es decir, 1 de cada 5 personas ya vive con esta condición.

La ENSANUT 2018 reporta a la niñez entre 1 y 11 años como la etapa donde más personas consumen los peores productos de manera habitual. Al menos 8 de cada 10 niñas y niños toman refrescos y bebidas azucaradas, 6 de cada 10 consumen botanas dulces y postres, la mitad ingieren cereales dulces y, son quienes más comen carnes procesadas y bebidas lácteas endulzadas en perjuicio de la salud.

La obesidad es primera causa de diabetes tipo dos, la diabetes es la primera causa de discapacidad; pero junto con la hipertensión y la dislipidemia son primera causa de muerte en México. Cada año son amputadas casi 80 mil extremidades en el sector público, la insuficiencia renal supera los 70 mil nuevos casos anuales y la ceguera a causa de la diabetes aumenta cada año con mayores afectaciones en zonas rurales y campesinas.

Sólo por diabetes se estimó en 2015 una pérdida laboral de 400 millones de horas anuales y 184 mil 851 empleos de tiempo completo. Por la atender la hipertensión, la diabetes y otras enfermedades crónico-degenerativas en el IMSS se erogan más de 80 mil millones de pesos cada año, esto sin considerar el sufrimiento humano de las y los pacientes, sus cuidadores y sus familias.

Este panorama refleja el rezago de la salud pública en México como resultado -en buena medida- de las acciones de gobierno protectoras del mercado y debilitadoras del Estado en las últimas cinco décadas.

México se convirtió en el cuarto país con mayor venta de productos de ultra procesados del mundo de acuerdo con una investigación de la Organización Mundial de la Salud y de la Organización Panamericana de la Salud, organismos que hacen un llamado a reconocer que el exceso de sodio, grasas saturadas y azúcares provocan problemas de afección a la salud, a la capacidad económica y al desarrollo humano.

Las sustancias dañinas adicionadas durante el procesamiento de productos comestibles se relacionan cada una, por separado y en conjunto, con enfermedades y muertes cuando su consumo es excesivo. Con base en evidencia es posible vincular al exceso de azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas trans y calorías con enfermedades crónico-degenerativas, en particular con diabetes tipo dos, hipertensión, insuficiencia renal, dislipidemia, y una de sus principales condiciones detonantes: la obesidad.

El uso de sustitutos de azúcares desde 1994 en México tenía la intención de reducir el consumo de azúcar, sin embargo, estudios a partir del año 2000 comenzaron a reportar el incremento de peso y diabetes en consumidores de endulzantes sin calorías y en productos con azúcares adicionados como el jarabe de maíz de alta fructosa. Barry Hopkin y sus colaboradores demostraron en revisiones sistemáticas el daño cardiometabólico por el uso indiscriminado de los sustitutos de azúcar; la OMS apoya estos hallazgos y además reconoce la necesidad del uso de etiquetados tanto para “informar” como para “advertir” sobre el contenido de productos comestibles.

En México, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización estableció en 1994 a la NOM 051 como un instrumento idóneo para la protección de los intereses de consumidores respecto a la información de productos comestibles procesados a través del etiquetado, mismo que en 2010 fue modificada por última vez. En dicha norma se establece la responsabilidad del gobierno federal de procurar las medidas necesarias para garantizar la comercialización de productos en cumplimiento con la exhibición de información comercial en su etiqueta o envase para garantizar una efectiva protección del consumidor.

El numeral cuatro de la NOM 051 estipula que la Secretaría de Salud puede establecer límites de tolerancia en relación con las exigencias de salud pública, en materia de la información nutrimental sobre nutrientes añadidos o naturales del producto.

Asimismo, el apartado seis de la NOM 051, sobre Declaraciones de propiedades, aclara que ningún alimento y bebida no alcohólica preenvasado deberá describirse o presentarse de forma falsa, equívoca o engañosa, ni crear en consumidores una impresión errónea en cuanto a su naturaleza.

El apartado siete, sobre Leyendas Precautorias, indica que deben hacer referencia al ingrediente u origen del ingrediente que, basado en información científica reconocida, se asocie a riesgos reales o potenciales relacionados con la intolerancia digestiva, alergias o enfermedades metabólicas o toxicidad.

Mientras el sobrepeso, la obesidad y la diabetes tipo dos se incrementaban entre la población mexicana desde 1988, la NOM 051 sólo se modificó en el 2010 sin considerar las exigencias de salud pública del país. En las modificaciones de 2010 de la norma participaron sólo 3 instancias de salud, dos públicas y una asociación de nutrición; frente a 53 representantes de la industria, el comercio y la formulación química de productos. Entonces, el grupo de industriales más influyente propuso -impuso- un etiquetado frontal informativo el cual resultó ser confuso, desapegado a la realidad sanitaria del país, peligroso para personas con una condición especial de salud y violatorio del derecho a la información, a la protección del derecho a la alimentación, a la salud y al interés superior de la niñez.

Luego de casi diez años y de una fuerte lucha de la social civil se inició un nuevo proceso de modificación del etiquetado y de la NOM 051. A diferencia del proceso anterior, las condiciones de participación ciudadana fueron respetadas por el gobierno con un respaldo técnico-científico a través del Instituto Nacional de Salud Pública, el Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán, la Universidad Nacional Autónoma de México, el Instituto Politécnico Nacional, Secretaría de Economía y de Salud a través de la COFEPRIS, principalmente. Además participaron agencias internacionales como UNICEF, OPS y FAO; personas de la academia, de asociaciones médicas y de nutrición, grupos industriales, de comercio y agrupaciones de marcas comerciales.

A partir de agosto del 2019 fueron conformados los grupos de trabajo para llevar a cabo el análisis y modificaciones a la norma de manera plural e incluyente durante más de 20 reuniones donde se alcanzaron acuerdos sustentados en 178 puntos, de los cuales 177 fueron aprobados por consenso de todas y todos los participantes.

Para la Secretaría de Salud, este proceso ha sido el más incluyente, democrático y transparente. El 11 de octubre de 2019 fue publicado el proyecto de NOM 051 en el Diario Oficial de la Federación para su consulta pública hasta el 10 de diciembre. Para esa fecha recibió más de 5 mil opiniones de la sociedad convirtiéndola en la norma de mayor interés social en la historia reciente frente a la crisis de salud por obesidad actual.

El etiquetado frontal de productos comestibles

Derecho a la información. El principal cambio en el etiquetado es el acceso a información de manera clara, sencilla y rápida. En la actualidad las etiquetas son confusas, contienen información en ocasiones errónea e inaccesible, pero al intentar comprenderla se profundiza la confusión por las nociones matemáticas requeridas.

Detección del riesgo. Pasar de lo informativo a la advertencia del daño. Tal como lo estipula el espíritu de la NOM 051, las reglas deben cambiar de acuerdo con las necesidades de la salud pública y de las y los consumidores. Por tal motivo el etiquetado deja de ser sólo un medio de información para ser un medio de advertencia para prevenir enfermedades probadas, esto protege el derecho a la salud y a la alimentación también. Por esta razón la leyenda dice “Exceso de”, para hacer evidente el propósito de advertir de el daño.

Libertad de elección. Al contar con información clara la persona tiene mayores elementos para tomar una decisión ya sea para realizar o no la compra, el consumo o bien para comparar el producto con otro similar. Estos elementos son base de la autonomía en las decisiones, sobre todo las referidas al propio cuerpo.

Protección a la niñez. Reconocer cómo la niñez en México es la más afectada por el consumo de ultra-procesados es darse cuenta del descuido sistemático a niñas, niños y adolescentes. Si los productos potencialmente dañinos están al alcance de preescolares y escolares, son las autoridades las responsables de eliminar los riesgos en lugar de pensar –como sugiere la industria- dejar el anterior etiquetado y hacer campañas educativas ¿Para comprender el etiquetado confuso? Totalmente violatorio del Interés Superior de la Niñez.

Prevención del daño metabólico. El nuevo etiquetado contiene octágonos negros para advertir ante la presencia excesiva en 100 gramos de: calorías, azúcares, grasas saturadas, grasas trans y sodio. Más allá de las calorías, la evidencia científica demuestra cómo –aun sin obesidad – la presencia de sustancias riesgosas puede provocar desórdenes metabólicos como la elevación de concentraciones en colesterol y triglicéridos, como antesala de padecimientos crónicos, degenerativos e incurables.

Promoción indirecta de la alimentación sana. Entre más sellos tengan los productos, más sustancias de riesgo contienen. Esta sería la primera vez en la historia de las políticas alimentarias en considerar el nivel de procesamiento porque en realidad se añaden sodio, azúcares y grasas cuando más procesos químicos conlleva su producción. Intentar disminuir azúcar o grasas contenidas naturalmente en los alimentos implica utilizar aditivos para estabilizar esos cambios. Además, la NOM 051 prohíbe la publicidad dirigida a la niñez en productos con sellos, advierte sobre la presencia de edulcorantes y cafeína en productos infantiles,

Ahora es la industria de alimentos la única en contra al cumplimiento de esta norma, incluso después de haber sido parte del mismo proceso. Es una inconsistencia política aceptar primero realizar cambios a favor de sus consumidores y al mismo tiempo inconformarse. La industria alimentaria representante de las principales marcas de productos ultra procesados ha acumulado ganancias multimillonarias a costillas de la salud humana, social y ambiental.

Con el nuevo etiquetado tal vez se pierdan clientes para el mercado de comida chatarra, pero ganan las y los consumidores, gana la prevención de enfermedades, ganan quienes producirán alimentos saludables, gana el gobierno al proteger derechos humanos.

Falta mucho por hacer para combatir la obesidad y sus consecuencias; éste es un paso en ese largo camino pero puede significar el punto de partida para incrementar la producción de alimentos frescos y para construir otra cultura alimentaria con identidad mexicana y salud.

En un país donde los derechos humanos han sido incorporados como mandato constitucional para todas las autoridades en todas las decisiones, las personas están por encima de todo asunto político y de mercado, y por arriba están las niñas y los niños.

A favor de la salud, la justicia, las sustentabilidad, la paz y la democracia.