Por Miguel Concha, La Jornada, 23 de julio de 2022.

Para ello, tal modelo se basa en el despojo de saberes y bienes comunes, privatiza las semillas nativas, contamina el medio ambiente y afecta la salud humana, animal y vegetal.

La apuesta es, entonces, transitar de este modelo agroindustrial a un modelo de producción de alimentos desde la agroecología, con alternativas que no dañen el medio ambiente, que devuelvan a las comunidades campesinas la preservación de las semillas y sus saberes, y que garanticen los derechos humanos a la salud, a una alimentación adecuada y a un medio ambiente sano, apegado a los más altos estándares de protección de los derechos humanos, establecidos tanto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos como en los acuerdos internacionales que México ha firmado y ratificado.

La producción de semillas transgénicas, como el maíz, requiere del uso de agrotóxicos como el glifosato, herbicida producido por empresas como Bayer-Monsanto, catalogado en 2015 como probable cancerígeno por la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer, de la Organización Mundial de la Salud, y que a la fecha sigue incrementando en distintos países los estudios de investigación que confirman los peligros por su uso (https://bit.ly/3PqN0B4).

Al respecto, un avance importante en esta materia en México es la publicación del decreto presidencial de sustitución progresiva del uso del glifosato y la revocación y abstención de permisos de liberación al ambiente de semillas de maíz genéticamente modificado (https://bit.ly/3aXwvtf). Publicado el 31 de diciembre de 2020, este decreto ha sido resultado de propuestas desarrolladas por los movimientos sociales y campesinos, que buscan también responsabilizar a las empresas trasnacionales que lo producen y lo utilizan, a costa de los daños que ha ocasionado, y de vulnerar los derechos humanos. Este decreto ha afectado los intereses económicos de la agroindustria, lo que ha generado múltiples estrategias para revertirlo y anularlo, entre ellas la solicitud de amparos que eximen a las empresas de su implementación.

Actualmente son 11 las empresas dedicadas a la importación del glifosato, entre ellas Bayer-Monsanto y Dow Agrosciences, las que hasta el momento han interpuesto ya 43 juicios de nulidad contra la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), una de las instancias gubernamentales encargadas de la implementación del decreto, desde su publicación. En mayo de 2021, el juzgado sexto de distrito en materia administrativa concedió a Monsanto una suspensión provisional para eximirla de su aplicación; resolución posteriormente revocada por el tribunal colegiado correspondiente, que muestra una vez más cómo las empresas hacen uso de herramientas jurídicas para salvaguardar los derechos humanos a su favor. El pasado 12 de julio, nuevamente fue concedido un amparo a Monsanto, resolución que, al interpretar de manera equivocada el principio precautorio, e incumplir la obligación constitucional de proteger los derechos humanos de la población mexicana, claramente contraviene el interés común. Tanto la Semarnat como el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) se han pronunciado por impugnar el amparo, a partir de un recurso de revisión, y fortaleciendo las investigaciones científicas que respalden el decreto presidencial y su aplicación adecuada, con la intención de lograr para 2024 el desuso del herbicida glifosato. La soberanía y autosuficiencia alimentaria se encuentran en riesgo a partir de esta resolución, y es sumamente necesaria su impugnación. De ser ratificada la resolución que protege a Monsanto, el derecho a la salud y la alimentación adecuada, con sus posibles consecuencias, se ven amenazadas. El principio de progresividad de los derechos humanos se vería igualmente transgredido, representando un retroceso en las obligaciones del Estado mexicano de proteger, garantizar, respetar y promover los derechos humanos en el país.

Exigimos, por tanto, al Poder Judicial una recomendación para que emita un juicio basado en el respeto a los derechos humanos, apegado a lo dictado por la Constitución en relación con el principio precautorio y en beneficio de los derechos colectivos, el cuidado de la naturaleza y la biodiversidad. Reconocemos este decreto como un punto de avance en la transición hacia un modelo de producción de alimentos agroecológico. Asegurar su adecuada aplicación, a partir de garantizar el acceso a la justicia, es obligación del Estado, tanto desde las instancias gubernamentales responsables (Semarnat, Conacyt y la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural), como del Poder Judicial, en la resolución de los amparos promovidos por las empresas, en detrimento del interés común de toda la población.

A favor de la salud, la justicia, las sustentabilidad, la paz y la democracia.