Por Redacción, La Silla Rota, 22 de julio de 2022.

El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) expresó su inconformidad, luego de que, el 11 de julio, el Juez Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Lic. Francisco Javier Rebolledo Peña, emitiera la sentencia que concede un amparo a la empresa Monsanto Comercial (adquirida por la firma alemana Bayer en 2018) para que no le sea aplicable el Decreto para sustituir el glifosato y evitar la siembra y consumo de maíz transgénico.

“En la sentencia, el Juez omite considerar el objeto mismo del Decreto como instrumento de garantía de los derechos humanos e ignora las pruebas ofrecidas que él mismo advierte hacen presumibles los daños ocasionados por el glifosato y por el maíz GM (Genéticamente Modificado), sin haberlas analizado a fondo”, señala en un documento el Conacyt. 

Detalla que, además, la sentencia en el “juicio de amparo indirecto 313/2021”, de manera contradictoria y parcial, desacredita la motivación y fundamento del Decreto al exigir que éste se sujete a evidencia científica producto de procesos rígidos establecidos en la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM), ignorando las pruebas presentadas al emitir su resolución.

En el Decreto “se establecen las acciones que deberán realizar las dependencias y entidades que integran la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus competencias, para sustituir gradualmente el uso, adquisición, distribución, promoción e importación de la sustancia química denominada glifosato y de los agroquímicos utilizados en nuestro país que lo contienen como ingrediente activo, por alternativas sostenibles y culturalmente adecuadas, que permitan mantener la producción y resulten seguras para la salud humana, la diversidad biocultural del país y el ambiente”.

El Conacyt resaltó que apoya la defensa del Decreto en beneficio del interés público frente al interés de un particular, con la finalidad de alcanzar la soberanía alimentaria con agrotecnologías sustentables para el ambiente y sin agrotóxicos, de acuerdo con las acciones emprendidas por el gobierno de México en la materia.

BENEFICIOS DEL DECRETO PARA UNA TRANSICIÓN AGROECOLÓGICA

Aseguró que el Decreto se encuentra motivado y fundamentado en una base amplia y rigurosa de evidencia científica y empírica acumulada que demuestra los efectos perniciosos del glifosato para la salud humana y el medio ambiente, los riesgos potenciales asociados a su uso, su indisoluble relación con los organismos genéticamente modificados (OGM), en particular el maíz transgénico, así como los riesgos asociados a la siembra de estas semillas y el consumo de alimentos hechos a base de las mismas; además de la normativa nacional e internacional aplicable a la materia.

Asimismo, el Decreto reconoce la relevancia del principio de precaución y asume su implementación en congruencia con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales en materia de derechos humanos de los que el país es parte, poniendo por delante el interés público frente a los intereses y actos de particulares, y promoviendo alternativas tecnológicas para un sistema agroalimentario sano, justo, sostenible, culturalmente diverso y adecuado para alcanzar la autosuficiencia y soberanía alimentarias.

En adición, derivado de la evidencia científica sobre los daños y riesgos asociados al uso del glifosato, así como a la siembra y consumo de maíz GM, presentada durante el juicio, es posible advertir que su uso dentro del sistema agroalimentario mexicano se encuentra vinculado con una potencial desatención a la protección de derechos humanos como:

“Vida digna; alimentación sana, nutritiva, suficiente, de calidad y culturalmente adecuada; acceso al agua potable; salud; medio ambiente sano, sin riesgos, limpio, saludable y sostenible; así como de derechos de grupos vulnerables como la niñez y la adolescencia, los campesinos y otras personas que trabajan en el campo, y los pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes”, subrayó el Conacyt.

OMISIONES DEL AMPARO OTORGADO A MONSANTO COMERCIAL, DE BAYER

No obstante, en la sentencia, el Juez omite considerar el objeto mismo del Decreto como instrumento de garantía de los derechos humanos e ignora las pruebas ofrecidas que él mismo advierte hacen presumibles los daños ocasionados por el glifosato y por el maíz GM, sin haberlas analizado a fondo.

Además, mientras que, por un lado, reconoce que el principio de precaución proviene de la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro e instrumentos internacionales en materia ambiental de los que México es parte, dando pauta a que se debe aplicar ampliamente el criterio de precaución y que cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente y proteger la salud humana.

Por otro lado, de manera contradictoria y parcial, desacredita la motivación y fundamento del Decreto al exigir que éste se sujete a evidencia científica producto de procesos rígidos establecidos en la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM), ignorando las pruebas presentadas al emitir su resolución.

El argumento del Juez se funda en la resolución del amparo 921/2016, en la que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió de manera controversial, en 2016, que la LBOGM es acorde con el principio de precaución, favoreciendo con dicho criterio a la empresa Monsanto Comercial, en contra de las comunidades indígenas mayas del estado de Quintana Roo.

Cabe mencionar que el propio Poder Judicial de la Federación ha establecido que la aplicación del principio de precaución es una obligación que debe ser acatada por todos los operadores jurídicos, incluidos los servidores públicos, sin que para ello deba existir una certeza absoluta de los daños asociados a una sustancia, un desarrollo o cualquier actividad que suponga riesgos irreversibles o irreparables para el medio ambiente, la diversidad biológica y la salud humana.

Además, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha determinado que los Estados deben actuar conforme al principio de precaución, en aras de proteger la vida y la integridad personal entro del ámbito del reconocimiento del derecho a un medio ambiente sano. Estos criterios jurisdiccionales no fueron considerados por el Juez Sexto de Distrito.

Por lo que es preciso que la falta de exhaustividad de la sentencia sea atendida por la autoridad competente, realizando un análisis profundo sobre la naturaleza, alcance y aplicación del principio de precaución, así como una debida ponderación de los derechos humanos en beneficio de la colectividad.

La sentencia del Juez Sexto de Distrito limita y subordina la aplicación del principio precautorio a los procedimientos establecido en la LBOGM, que requieren la demostración del daño caso por caso, contraviniendo la esencia misma del principio y el principio constitucional de máxima protección de las personas.

Esto en cambio no se exige a quienes pretenden seguir introduciendo elementos potencialmente dañinos para el ser humano y el medio ambiente.

Vale la pena recordar que en Estados Unidos la empresa Monsanto ha perdido varios juicios en los que los demandantes desarrollaron linfoma no Hodgkin, un tipo de cáncer en el sistema linfático, a partir del uso de este herbicida, sin que en la etiqueta se les hubiere advertido de este efecto. En las sentencias de uno de estos juicios la empresa fue acusada de actuar con malicia al ignorar los riesgos carcinogénicos de su marca de herbicida más popular, cuyo ingrediente activo es el glifosato.

Mientras que, en otro, fue revelado que la empresa sabía, o era posible que supiera a la luz de la evidencia científica, que su herbicida tenía potencial cancerígeno y que además había trabajado por décadas para suprimir el conocimiento del riesgo.

En cuanto a su regulación, recientemente, un juzgado federal en Estados Unidos determinó que la Agencia Federal de Protección Ambiental (EPA, por sus siglas en inglés), quien había dictaminado que el glifosato no es cancerígeno, había desechado diversa evidencia científica respecto al efecto carcinogénico de la sustancia, por lo que le ordenó revocar su dictamen y analizar con mayor profundidad los estudios científicos.

En tanto, el gobierno alemán, país sede del conglomerado Bayer que adquirió a la empresa Monsanto en 2018, ha publicado un programa y promulgó una ley para la protección de los insectos, en las que se establece la prohibición del glifosato en 2024 en ese país.

El estado mexicano tiene la obligación de aplicar de manera amplia el principio precautorio, aún en escenarios de incertidumbre científica. El cumplimiento de esta obligación está en sintonía con el principio de progresividad en la protección de los derechos humanos, establecido en la Constitución y en diversos tratados internacionales de la materia.

MARÍA ELENA ÁLVAREZ-BUYLLA ROCES, DIRECTORA DEL CONACYT

La doctora María Elena Álvarez-Buylla tiene una carrera científica sólida. Hace muchos años, el doctor René Drucker Colín, hombre de izquierda, pero desconfiado de los políticos de izquierda, siempre tenía palabras de reconocimiento para la hoy directora del Conacyt. Señala Jorge Ramos Pérez en su columna Recovecos de La Silla Rota. 

Su trayectoria como científica es reconocida en México y en el extranjero. El Instituto de Ecología de la UNAM, la presenta así:

“La doctora María Elena Álvarez-Buylla Roces ejerce un importante liderazgo científico internacional en las áreas de biología de sistemas con enfoques teórico-computacionales en genética molecular, epigenética y ecología evolutiva del desarrollo, que combina con una actividad constante para coadyuvar a la conservación de la diversidad biológica y a la promoción de una ciencia comprometida con la equidad, la justicia y el beneficio social”.

“En ciencia básica, ha hecho contribuciones importantes en áreas teóricas y experimentales fundamentales y aplicadas a la biomedicina; así como en biología de poblaciones vegetales, con base en su trabajo de campo en las selvas mexicanas y en bosques templados; y en torno a la bioseguridad del maíz”.

Como todo en la vida, hay quienes no están de acuerdo con Álvarez-Buylla. Sus malquerientes la ubican más en el activismo militante que en la ciencia o en la argumentación científica. Esa discusión tiene sus fans de uno y otro lado.

En el ámbito científico la grilla es intensa. Por ello, al triunfar el presidente Andrés Manuel López Obrador, la comunidad se dividió al ver que la doctora Álvarez-Buylla tomó el control de la política científica, pero sobre todo porque asumió el discurso político incendiario de ir contra todo lo neoliberal, así que comenzó a apuntar con dedo flamígero a la “ciencia neoliberal”.

EL PROYECTO “PIES DESCALZOS”

Entre tantos desvaríos en el Conacyt ha comenzado a llamar la atención un proyecto denominado “Pies ágiles” a cuya puesta en ejecución han destinado 23 millones de pesos. Comenta Jorge Ramos Pérez en su columna Recovecos de La Silla Rota.

Según un comunicado de prensa del 8 de septiembre del 2021, el Conacyt y las secretarías de Agricultura, Medio Ambiente, Educación Pública y Bienestar, abrieron micrositios con la firme intención de establecer una plataforma de capacitación para avanzar hacia la transición agroecológica.

En los #Recovecos del 14 de marzo se reseñó que “cuando aparecen instituciones del gobierno federal y algunos funcionarios metidos en el asunto de los bioinsumos, estos comienzan a ser un foco de preocupación. Todo indica que personajes que en el pasado fueron activistas y hoy se convirtieron en servidores públicos, de nivel de subsecretario de Estado, comenzaron a imponer una agenda basada en ideología y no en la ciencia, en la que cuestionan el uso de plaguicidas, al tiempo que promueven productos “orgánicos” que no cumplen con las normas sanitarias para su distribución”.

En el caso de “Pies ágiles” participan el mismo conglomerado de instituciones:  el Conacyt y las secretarías de Agricultura, Medio Ambiente, en particular.

Según la versión oficial, en “Pies ágiles” participan 293 maestros, actores sociales, jóvenes y promotores, quienes reciben capacitación en el uso de tecnologías agroecológicas, en particular lo que quieren es que se deje de usar el glifosato, tan polémico que en Europa están pensando no usarlo en un horizonte de un lustro.

Los promotores reciben becas que van desde los seis mil a los 12 mil pesos, aunque hay una lista de 10 posdoctorantes que reciben 27 mil pesos al mes, a quienes llaman “tejedores”.

El modelo tiene una estructura piramidal en donde participan también estudiantes becados y se organizaron en algo que denominan “casas”, y en cada una de esas “casas” participan 28 de esos estudiantes o “pies ágiles” que van a comunidades de Jalisco, Nayarit, Colima, Michoacán, Guerrero, Ciudad de México, Morelos, Estado de México, Hidalgo, Puebla, Oaxaca, Veracruz, Chiapas, Campeche, Tabasco, Yucatán y Quintana Roo.

Imagen de Martin Ludlam en Pixabay