Por Eduardo Murillo, La Jornada, 11 de octubre de 2021.

El proyecto propone mantener la prohibición para explotar este cultivo, si bien advierte al juez de la causa que justifique plenamente las bases legales para sostener la suspensión.

Se trata del amparo en revisión 1023/2019, promovido por la PHI México y otras empresas agroindustriales, contra la suspensión que la autoridad judicial otorgó a favor de asociaciones en defensa del maíz, quienes se oponen a la siembra de cultivos transgénicos argumentando la “defensa del derecho humano al medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de todas las personas”.

El tema que resolverá el miércoles próximo la primera sala del máximo tribunal es sólo la suspensión que evita seguir cultivando transgénicos, ya que el juicio principal, donde se analiza el fondo del litigio, aún está en estudio en un tribunal colegiado.

La propuesta de la ministra Piña señala que “no hay manera de comprender en una regla todas las circunstancias que pudieran presentarse, en todos los casos posibles, materia de una acción colectiva, que pueden ir desde la protección de intereses como los derechos de los consumidores hasta las complejas y múltiples situaciones que se podrían presentar en detrimento del medio ambiente cuando están en juego intereses difusos de una colectividad indeterminada”.

Por ello señala que la medida cautelar debe ser plenamente fundada en cada caso por el juez que analiza el amparo.

La decisión sobre si mantiene o no la suspensión contra el maíz transgénico se tomará por mayoría simple de los cinco ministros de la primera sala de la SCJN.

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