Por Rap AL, 16 de junio de 2019

La RESOLUCIÓN EXENTA Nº:4245/2019 del SAG, de fecha 7 de junio de 2019, resuelve la prohibición de la importación y fabricación de los plaguicidas especificados, MONITOR 600, METHAMIDOPHOS 60%, MTD 600 SL, MTD 600, M-600, HAMIDOP 600, RUKOFOS 60 SL, a contar de la fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Resolución, y sólo se permite la distribución, exportación, venta, tenencia o uso de éste, por un período máximo de dos (2) años a contar de dicha fecha o hasta agotar sus existencias en el país, según lo que ocurra primero.

La resolución prohíbe la tenencia y uso de todos los plaguicidas formulados en base a las sustancias activas carbofurano, azinfos metilo y metamidofós, a contar de las fechas que se especifican a continuación: Carbofurano a contar del 30 de septiembre de 2020; azinfos metilo a contar de marzo de 2021 y metamidofós, dos años a contar de la publicación en el Diario Oficial de la presente Resolución. El 16 de junio de 2019 se publica la resolución en el Diario Oficial.

Ver Publicación Resolución SAG 4245 de 2019 en el Diario Oficial:

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