Por Alex Naranjo, Revista Biodiversidad, sustento y culturas, 5 de julio de 2018

Un proyecto que no prosperó por la acción de las organizaciones campesinas y del movimiento ecologista quienes mostramos los peligros que esto representaba para las economías campesinas y para la agrobiodiversidad.

La transición del modelo neoliberal fue una etapa potente de propuestas de los sectores campesinos (donde se incluye el rechazo a las semillas genéticamente modificadas) y tuvo como hito histórico el 2008 con el proceso constituyente, donde muchas de las demandas históricas de los campesinos son consideradas dentro de los articulados. Una de estas demandas se la puede encontrar en el artículo 401 donde se expone una prohibición explícita al ingreso de semillas y cultivos transgénicos1, aunque, por solicitud del ejecutivo, deja abierta la posibilidad excepcional de permitir los transgénicos por motivos de interés nacional y con la aprobación previa de la Asamblea Nacional.

Con ello se creó un candado constitucional (el primero en Latinoamérica) que declaró de manera específica al Ecuador libre de semillas y cultivos transgénicos que atenten contra la soberanía alimentaria, los ecosistemas y la salud de los ecuatorianos. Tanta repercusión generó esta decisión en el mundo que la Comisión Coordinadora Internacional de la Vía Campesina emitió un comunicado saludando la iniciativa y el momento político que denotaba un cambio en la política agraria ecuatoriana. Culminan el comunicado diciendo:

Tenemos la seguridad de que su gobierno soberano será más sensible al pedido de millones de campesinos y campesinas del mundo y no cederá a las intenciones de transnacionales como Monsanto de convertir la alimentación en una mercancía más.2

No pasó mucho tiempo en que este interesante momento para fortalecer políticas públicas orientadas a la defensa de la soberanía alimentaria y el buen vivir, se transforme en un escenario de tensión sobre el sentido del programa agrario nacional.

A partir del 2013, el gobierno en coordinación con la alianza público-privada, generó un cambio de orientación en las propuestas para el campo que dio paso a un conjunto de reglas que buscan regular los comportamientos productivistas en el agro, donde las propuestas de promoción e incentivos y los valores como la solidaridad, la autodeterminación e interculturalidad, pasan a segundo plano y se pone atención en seguridad, control y regulación fitosanitaria3.

Es en esta etapa que se da inicio a la consulta sobre una ley de semillas4 donde se puso a discutir dos proyectos contradictorios: el primero presentado por movimientos sociales luego de una amplia discusión con organizaciones de todo el país, donde se buscó mostrar la alianza natural entre la agrobiodiversidad, la agroecología y las semillas; frente al segundo proyecto presentado por la Asamblea Nacional en alianza con las empresas semilleras asociadas dentro de Ecuasem5, donde se priorizó mejorar la competitividad de los sectores agroindustriales y agroexportadores.

Uno de los puntos que permite graficar la discusión es la “calidad” de las semillas. Para la agricultura campesina, una semilla de calidad es aquella que se adapta a las condiciones ambientales y climáticas; que es resistente a determinadas plagas, que cumple requerimientos nutricionales, preferencias de sabor y de aroma, etcétera. La calidad en las semillas certificadas (que son las que tienen más controles) es menos exigente, tiene que ver con el tamaño, el color y la forma homogénea, y que sea compatible con los fertilizantes y agrotóxicos para su crecimiento.

De dos proyectos de ley contradictorios, adivinen cual fue aprobado. Acto seguido y poco antes de terminar sus funciones, el ex-presidente de la República vetó el artículo 56 de la recién aprobada “Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento a la Agricultura Sostenible”, permitiendo el ingreso de semillas y cultivos transgénicos al Ecuador, para ser utilizados “con fines investigativos”.

Es así como en tiempo récord, y como triste regalo por el Día del Niño, el 1 de junio del 2017 se aceptó el veto en la ley. Al parecer, la gran deuda agraria que acumuló el anterior gobierno se intentaba pagar con transgénicos.

Este veto tiene vicios de forma ya que no tomó en cuenta la obligación de fundamentar el interés nacional y la aprobación de la Asamblea Nacional para permitir el ingreso de semillas transgénicas. Además, el veto se aprueba desconociendo el consenso de las organizaciones sociales en la etapa de consulta prelegislativa donde las discusiones centrales se basaron en semillas nativas y agrobiodiversidad.

Sobre los fines investigativos cabe una pregunta central:

En un país como el Ecuador con limitados recursos ¿para qué se quiere iniciar investigación con una tecnología que es extremadamente cara, que es riesgosa, que está controlada por empresas transnacionales, y que no podrá jamás aplicarse en el país, al ser inconstitucional?

Las necesidades de investigación se deberían enfocar en otros espacios donde hay problemas urgentes; por ejemplo, realizar un proceso de transición para sacar del mercado los agrotóxicos altamente peligrosos y con ello disminuir progresivamente la dependencia tecnológica de las empresas de agrotóxicos.

Las semillas transgénicas no están diseñadas para apoyar la agricultura campesina, “sostenible”, orgánica o ecológica, sino para hacer más eficaz la agricultura industrializada. Los cultivos transgénicos contaminan a las semillas campesinas. Se ha evidenciado que la agricultura sostenible no puede coexistir con una agricultura transgénica, pues ésta amenaza el delicado equilibrio de un ecosistema que ya ha sido devastado por la manipulación genética.

El veto reactivó la presencia de organizaciones indígenas, campesinas, agroecológicas y ecologistas del país, así como una interesante participación de colectivos de consumidores, de abogados y de economía social y solidaria, lo que marca en lo simbólico y material una alianza y solidaridad desde la ciudad para con el campo. De las reflexiones de estos actores se propusieron seis demandas de inconstitucionalidad al artículo 56 de la ley donde sus principales argumentos son:

* El ingreso de transgénicos en Ecuador estaría creando condiciones para dar una transición entre la soberanía alimentaria y la dependencia alimentaria, puesto que la producción de alimentos que se ha basado históricamente en las semillas criollas y nativas que forman parte de la vida y de la cultura ancestral de los campesinos, se cambiarían por semillas transgénicas con patentes.

* La experimentación con semillas y cultivos transgénicos viola los derechos de la naturaleza, en la medida en que promueve un modelo que afecta la naturaleza y su capacidad de regeneración. La introducción de semillas y cultivos genéticamente modificados afecta directamente el ciclo de nutrientes del suelo, la cadena trófica y por tanto los ciclos biológicos y los procesos metabólicos de las plantas. Impacta directamente la biodiversidad del país, al causar perturbaciones fisiológicas a insectos polinizadores como las abejas donde se compromete su supervivencia. Esto puede producir un efecto “cascada”, es decir, si algunas poblaciones de insectos disminuyen, también pueden disminuir las poblaciones de aves que se alimentan de esos insectos, por citar un ejemplo de impacto ambiental.

* El ingreso y usos de semillas y cultivos transgénicos, aun cuando fueran destinados exclusivamente a la investigación, termina por instalar un sistema lesivo de vulneración continua y creciente de los derechos fundamentales como: derecho a la soberanía alimentaria, el derecho a la salud y los derechos de la naturaleza. El ingreso de semillas crea las condiciones para acabar con la agro-biodiversidad, con la inmensa variedad de semillas que ofrece el país y con la agricultura sustentable.

* Nuestra alimentación sabe a identidad, a valores, prácticas, costumbres y conocimientos, es indisociable de la memoria colectiva. La salud, así como el ambiente sano y nuestra alimentación sana y soberana es un derecho amparado en la Constitución, es un derecho internacional y es un derecho humano6.

* La ley restringe la libre circulación, intercambio y comercialización de semillas. Apoya y fomenta con intervención estatal un mercado “convencional” de semillas que prioriza la difusión de semillas certificadas, marginando el sistema de semillas tradicional campesino.

* En lugar de incentivar la agricultura sustentable, crea un conjunto de “buenas practicas” que se convierten en mecanismos de control y sanción para los agricultores.

A estas demandas se suma el pronunciamiento de las organizaciones asociadas con la Vía Campesina- Ecuador, emitido el 17 de abril del 2018, día de las luchas campesinas, donde, entre la serie de demandas para ser incluidas dentro del marco de la “gran minga agropecuaria” impulsada por el gobierno actual, subrayan que el buen vivir en el campo es contrario al ingreso de semillas y cultivos transgénicos al país.

Luego de un año de espera, en mayo 2018 se dio la tan esperada Audiencia y en la actualidad, está en manos de los jueces de la Corte Constitucional la ratificación de Ecuador como país libre de transgénicos. Mal harían las autoridades ecuatorianas en acoger una política basada en el uso de elementos químicos que en el pasado ha rechazado tan vehementemente.

Persistir en la entrada de semillas y cultivos genéticamente modificados constituye un retroceso en los derechos de la naturaleza, la salud y las políticas públicas en torno a la soberanía alimentaria porque el ingreso al país de tecnologías riesgosas y experimentales independientemente de los fines, permite la introducción de organismos que pueden alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional y las condiciones de producción y reproducción de las economías campesinas. Esto sería de carácter irreversible.

Más allá del fallo, la discusión sobre la normativa de la ley de semillas no se agota. La ley, al igual que sus similares en América Latina, está hecha a la medida de las empresas semilleras, se plantean condiciones favorables para la comercialización de semillas certificadas y desincentivos al manejo y conservación de semillas nativas y campesinas desconociendo la importancia de otras formas de producir la tierra. Limita el intercambio y pretende colocar a los campesinos de productores en simples consumidores.

Es necesario también profundizar en la problemática de los campesinos subsumidos en la lógica capitalista industrial para acceder a semillas de calidad, cómo de forma paulatina se podrían liberar de la dependencia hacia las empresas semilleras y de insumos, asegurando con ello, soberanía y autonomía campesina sobre sus semillas.

Paralelo a las demandas de inconstitucionalidad, continúan las acciones para precautelar la condición de Ecuador como territorio libre de transgénicos, donde se incluyen: espacios de discusión, procesos de promoción de la agroecología, la implementación de ferias agroecológicas lideradas por campesinos, ferias de intercambio de semillas criollas, recuperación de las semillas nativas en fincas, monitoreos participativos a la presencia de maíz y soya genéticamente modificada en el campo y la promoción de políticas públicas que permitan reconocer, apoyar y proteger los sistemas campesinos de semillas.

Notas:

1 Este articulado se ve apoyado con otros que figuran en la Constitución, como el relacionado con los derechos ambientales, se “prohíbe el ingreso al país de transgénicos que atenten a la salud, la soberanía alimentaria y los ecosistemas” (Art.15), o el que forma parte de los derechos de la naturaleza, donde se prohíbe “la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional” (Art. 73).

2 Ver link: https://viacampesina.org/es/transgenicos-carta-abierta-de-la-via-campesina-a-rafael-correa-presidente-de-ecuador/

3 Dentro de las políticas públicas de esta etapa podemos numerar (en orden cronológico): Nueva matriz productiva para el agro (2013), Plan Semillas de “Alto rendimiento” (2013), la aprobación de la ley de Recursos Hídricos (2014), de tierra y territorios (2015), firma del TLC con Europa (2016), semillas (2017) y de inocuidad animal y vegetal (2017). como diría Esteban Daza (2018), este conjunto de normas se aglutina en una temporalidad de “contrarreforma agraria”.

4 Antes de iniciar el recorrido de consultas pre legislativas en 2015, existieron dos hechos importantes: la Federación de Centros Agrícolas y Organizaciones Campesinas del Litoral (Fecaol) en coordinación con Acción Ecológica identificaron sitios donde se distribuía ilegalmente semilla de soya RR. Otro hecho importante es que representantes de la Vía Campesina de Brasil, entregaron un manifiesto contra los transgénicos destinado al presidente ecuatoriano Rafael Correa, en el consulado de Ecuador en Brasilia. Ni la carta, ni los resultados de la investigación fueron tomados en cuenta en la discusión de la ley.

5 En la etapa de discusión de la ley, entre los socios de la Asociación Ecuatoriana de Semillas-Ecuasem figuraban: Monsemillas (Monsanto) y Syngenta, principales comercializadores de semillas transgénicas en el mundo.

6 Ya lo coloca la Relatora del Derecho a la Alimentación en su informe del 2017, quien desmitificó que los pesticidas y transgénicos son necesarios para alimentar al mundo, puesto que, aunque la producción de alimentos ha aumentado desde la década de 1950, el hambre no ha disminuido en el mundo.