Los derechos de la naturaleza

Dos países sudamericanos ya reconocen los derechos de ríos, lagos y montañas, al igual que los de las personas y las empresas. Este nuevo enfoque interpela al conservadurismo judicial y a quienes sólo quieren extraer ganancias económicas de la naturaleza.

Por Darío Aranda, Mundo ECO, 11 de junio de 2018

¿Puede un río o una montaña tener derechos? La respuesta proviene de organizaciones sociales, pueblos indígenas y académicos críticos: si tienen derechos las empresas (creación humana que tiene como principal fin el lucro), ¿cómo no va a tener derechos la naturaleza?

La Constitución Nacional de Ecuador y la ley nacional de Bolivia contemplan los derechos de la naturaleza. Fallos judiciales de Colombia y normativas de Nueva Zelanda legislaron en el mismo sentido. Y la Universidad Nacional del Litoral inauguró un curso inédito y que interpela el conservadurismo del poder judicial: “Derechos de la naturaleza. Un abordaje teórico, práctico e interdisciplinar”.

En marzo de 2017, el Parlamento de Nueva Zelanda otorgó estatus de personería jurídica al río Whanganui, solicitado por el pueblo indígena maorí. El curso de agua, el tercero más largo del país, tendrá derechos y deberes jurídicos y podrá ser representado en un tribunal por un delegado del Estado y otro del pueblo originario.

“Sé que la reacción inicial de algunos será pensar que es bastante extraño dar personalidad legal a un recurso natural, pero no es más extraño que una fundación familiar, una compañía u otro tipo de sociedad”, señaló Chris Finlayson, ministro para la Negociación de Tratados de Nueva Zelanda.

“Yo soy el río y el río es yo”, explican desde la cultura maorí, difícil de entender para quienes sólo visualizan a la naturaleza como un recurso económico. Para los pueblos indígenas, la naturaleza tiene derechos desde siempre, pero ahora comienzan a entenderlo desde el poder político.

En mayo de 2017, fue el turno de Colombia. La Corte Constitucional declaró, por primera vez en el país, que un río “es sujeto de derechos” y ordenó su protección y conservación. Se trata del río Atrato, uno de los más extensos del país, que es afectado por la extracción ilegal de oro. La Corte ratificó que el curso de agua es vital para la vida de las comunidades locales e instó al Estado a protegerlo.

Ximena González, vocera del Centro de Estudios para la Justicia Social Tierra Digna, señaló que la sentencia crea una comisión de “guardianes del río Atrato”, integrada por personas de las comunidades locales y del gobierno nacional. Y establece la creación de una comisión de expertos que asesoren a los guardianes del río que, además de la protección, incluyan un plan de intervención integral para recuperarlo de la contaminación.

El Centro de Estudios para la Justicia Social Tierra Digna actuó en representación del Consejo Comunitario Mayor de la Organización Popular Campesina del Alto Atrato (Cocomopoca), el Consejo Comunitario Mayor de la Asociación Campesina Integral del Atrato (Cocomacia), la Asociación de Consejos Comunitarios del Bajo Atrato (Asocoba) y el Foro Inter-Étnico Solidaridad Chocó (Fisch).