Costa Rica – Nicaragua: monto indemnizatorio por daño ambiental causado por Nicaragua

Este 29 de agosto se dio por concluida la etapa escrita de alegatos presentados ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre el monto indemnizatorio que Costa Rica exigió que la CIJ ordenara a Nicaragua pagar (en razón de los daños ocasionados en el sector denominado Isla Portillos en octubre del 2010 por la tala de árboles y la construcción de un canal artificial, así como la excavación de dos nuevos canales detectada en setiembre del 2013).

The International Court of Justice (ICJ), the principal judicial organ of the UN, holds public hearings in the joined cases of Maritime Delimitation in the Caribbean Sea and the Pacific Ocean (Costa Rica v. Nicaragua) and Land Boundary in the Northern Part of Isla Portillos (Costa Rica v. Nicaragua) from 3 to 13 July 2017, at the Peace Palace in The Hague, the seat of the Court. The hearings are on the merits of the joined cases. Session held under the presidency of Judge Ronny Abraham. The Court’s role is to settle, in accordance with international law, legal disputes submitted to it by States (its Judgments are final and binding) and to give advisory opinions on legal questions referred to it by authorized UN organs and agencies. Its official languages are English and French. ICJ news and archives can be accessed via www.icj-cij.orgLa Cour internationale de Justice (CIJ), organe judiciaire principal des Nations Unies, tient des audiences publiques dans les affaires jointes de Délimitation maritime dans la mer des Caraïbes et l’océan Pacifique (Costa Rica c. Nicaragua) etFrontière terrestre dans la partie septentrionale d’Isla Portillos (Costa Rica c. Nicaragua) du 3 au 13 juillet 2017, au Palais de la Paix, à La Haye, où la Cour a son siège. Les audiences portent sur le fond des affaires jointes. Séance publique tenue sous la présidence de M. Ronny Abraham. La Cour est le seul des six organes principaux de l’ONU à ne pas avoir son siège à New York. Sa mission est de régler, conformément au droit international, les différends d’ordre juridique soumis par les Etats (ses arrêts sont sans appel et obligatoires pour les Parties) et de donner des avis consultatifs sur les questions juridiques que lui posent les organes et les institutions de l’ONU autorisés à le faire. Pour en savoir plus: www.icj-cij.org

Por Nicolás Boeglin, Alainet, 29 de agosto de 2017

Breve recapitulativo

En su fallo de diciembre del 2015, la CIJ fijó un plazo de doce meses para que ambos Estados acordaran un monto indemnizatorio, sugiriendo expresamente entablar negociaciones bilaterales al respecto. En junio del 2016, Costa Rica anunció de forma unilateral un monto superior a los 6 millones de US$, sin previas consultas con Nicaragua.

Como era de esperar, este monto fue rechazado por Nicaragua unos meses después. En enero del 2017, Costa Rica solicitó formalmente a la CIJ determinar este monto, al haberse vencido el plazo de doce meses para que ambos Estados lo acordaran de forma conjunta.

Cuantificar el daño ambiental sin acordar un metodología …

En la decisión de la CIJ que fija el calendario de esta nueva etapa procesal se lee que los aspectos metodológicos son los que son objeto de discusión entre ambos Estados:

… lleva a pedir un plazo adicional para discutir aspectos metodológicos

El pasado 18 de julio del 2017, la CIJ adoptó una ordenanza abriendo una nueva ronda de alegatos con relación a la metodología usada. En su ordenanza (véase texto) se lee que: ”

Dos Estados renuentes a dialogar

La ausencia de negociaciones bilaterales para determinar el monto indemnizatorio entre Costa Rica y Nicaragua desde la decisión de diciembre del 2015 de la CIJ puede explicar el tiempo transcurrido entre ambos Estados (véase al respecto nuestro artículo titulado “Monto por daño causado en Isla Portillos oficializado por Costa Rica: breves apuntes”, publicado en el OPALC y disponible aquí). En el precitado artículo se puede leer que:

“Es de recordar que, en una materia como la ambiental, la cuantificación del daño depende básicamente de la metodología escogida. En Centroamérica, no existe una metodología regional aceptada por los Estados en materia de cuantificación del daño ambiental, por lo que es posible que ambos Estados cuenten con herramientas técnicas distintas”.

La metodología escogida y sus consecuencias

Hasta tanto no se dé lectura del fallo, no se harán públicos los alegatos escritos de las partes, siguiendo las reglas procesales que imperan en la CIJ, y que buscan evitar agravar las tensiones con base en alegatos o pretensiones claramente abusivas. Será de cierto interés para el sector ecologista de ambos Estados conocer la metodología defendida por sus Estados, en la medida en que, por ejemplo, en Costa Rica el Estado adolece de una metodología oficial para cuantificar el daño ambiental.

Este vacío se evidenció en el caso del proyecto minero ubicado en Las Crucitas: el daño ambiental (tala de árboles) fue objeto de diversos peritajes cuya cuantificación está aún pendiente ante los tribunales de justicia. En el ámbito estrictamente interno, es de notar que el proceso penal en Costa Rica contra quienes participaron en la malversación de fondos públicos durante la construcción de la denominada “trocha fronteriza” de 160 kilómetros a partir del 2011 está paralizado ante la falta de cuantificación del daño social solicitado a la Procuraduría General de la República / PGR (véase a este respecto nota de Radio Monumental de mayo del 2017).

A modo de conclusión

La devastación que han sufrido los ecosistemas de la Zona Norte de Costa Rica debido a una expansión piñera sin precedentes no ha aún dado lugar a una indemnización o compensación, precisamente debido a la ausencia de una cuantificación del daño ambiental por parte de las autoridades costarricenses. De igual manera un sinnúmero de denuncias ante el Tribunal Ambiental Administrativo (TAA) no concluyen en ninguna condena o se archivan debido a la falta de valoración del daño ambiental causado.

Más allá de estos y otros preocupantes vacíos, y volviendo a la esfera internacional, será ahora el juez internacional el llamado a aplicar, con base en lo presentado por ambos Estados, una metodología que permita cuantificar el daño ambiental y fijar el monto indemnizatorio que Nicaragua debe reconocerle a Costa Rica. Posiblemente esta decisión final de la CIJ se lea en el transcurso del año 2018. Ambas partes podrían incluso solicitar al juez una etapa oral para presentar alegatos adicionales si así lo estimasen necesario.

Se trata de un nuevo episodio procesal entre ambos Estados debido a su renuencia para retomar la vía del diálogo con posterioridad al fallo de la CIJ del 2015 en aras de normalizar sus deterioradas relaciones.

A diferencia de la práctica seguida por Estados que litigan en La Haya, quiénes celebran una reunión entre sus máximas autoridades políticas después de la lectura de un fallo de la CIJ, en aras de reencausar sus relaciones, no ha existido ningún acercamiento desde diciembre del 2015 entre las autoridades políticas de ambos Estados.

*Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, UCR.

Contacto: nboeglin(a)gmail.com