Por Base Investigaciones Sociales (BASE IS), 31 de octubre de 2016

La iniciativa fue presentada en diciembre de 2015 por la plataforma Ñamoseke Monsanto y fue girada a las comisiones de 1-Legislación, 2-Economía y cooperativismo, 3-Industria y comercio, 4-Energía , ambiente y desarrollo sustentable, 5-Derechos Humanos y 6-Salud Pública.

Estas dos últimas comisiones le dieron su aprobación en los meses de junio y octubre respectivamente.

El proyecto de ley se llama “Que establece normas de etiquetado de productos destinados al consumo humano, que sean, contengan o deriven de organismos genéticamente modificados y garantiza el derecho a la información del consumidor”.

En su artículo 2 expresa que “La presente ley establece la obligatoriedad del etiquetado de los productos destinados al consumo humano que contengan o sean producidos a partir de organismos genéticamente modificados y/o transgénicos”.

Y en su artículo 6, que “Todo producto tanto envasado como vendido a granel o in natura, que tenga las características indicadas en el artículo quinto, deberá tener una etiqueta en el embalaje o rótulo en el recipiente, según el caso, que consigne en forma perfectamente visible, legible y accesible, “transgénico” y el símbolo “T” dentro de un rombo con fondo amarillo”.

En su artículo 9 prohíbe que alimentos que contengan o sean transgénicos integren la merienda escolar.

De promulgarse la ley, Paraguay será el quinto país en la región con la misma legislación, detrás de de Brasil (2003), Ecuador (2008), Uruguay (en Montevideo desde 2015) y Bolivia (2016).

Además de estos países de Latinoamérica, se acaba de promulgar una ley similar en Estados Unidos y ya rigen otras en la Unión Europea, Rusia, China, Australia, Nueva Zelanda, Japón, Noruega, Suiza y Arabia Saudita.